Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil
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Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil
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examen escrito y oral, para la cobertura
de las plazas del cuerpo especial facultativo
de marina civil, ofertadas por el Estado.
A continuación enumeramos el temario.
Epígrafe I. Organización y funcionamiento de la Administración
1. La Constitución Española de 1978. Estructura, principios constitucionales y valores
superiores. Los derechos y libertades fundamentales. La reforma constitucional.
2. La estructura de poderes del Estado. Poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial. La
Corona.
3. Fuentes del ordenamiento jurídico administrativo. La Constitución. Los tratados
internacionales. La ley. El reglamento. Otras fuentes del derecho administrativo.
4. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos. La
organización central. La organización periférica. Delegados y Subdelegados del Gobierno.
Especial referencia al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
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5. Las Comunidades Autónomas. El proceso autonómico y el sistema de distribución de
competencias entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Los
Estatutos de Autonomía y la organización institucional de las Comunidades Autónomas. La
Administración Local: entidades que la integran.
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6. La Unión Europea y sus tratados constitutivos. Sistema institucional. Fuentes del Derecho
de la Unión y su trasposición al ordenamiento jurídico español. Políticas comunes.
7. El régimen jurídico de las Administraciones Públicas y su regulación. Principios que rigen las
relaciones de las Administraciones Públicas. Actividad de las administraciones públicas:
derechos y deberes de los ciudadanos.
8. La Gobernanza Pública y el Gobierno Abierto. Concepto y principios informadores del
Gobierno Abierto: Colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos
abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de Gobierno Abierto en España.
9. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. Requisitos. Motivación, notificación y
publicación. Nulidad y anulabilidad de los actos. Disposiciones administrativas generales:
jerarquía y competencia. Publicidad e inderogabilidad.
10. El procedimiento administrativo común y sus fases. Concepto de interesado. Iniciación y
ordenación del procedimiento, instrucción, finalización. El silencio administrativo. Ejecución.
11. Revisión de los actos en vía administrativa. Recursos administrativos: concepto, naturaleza
y clases. Revisión de oficio. La jurisdicción contencioso-administrativa. El recurso contencioso-
administrativo.
12. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Regulación, Principios y
procedimientos. La indemnización: concepto y naturaleza. La responsabilidad civil y penal de
las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. La potestad
sancionadora. Regulación, naturaleza y principios rectores de la potestad sancionadora y del
procedimiento sancionador.
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13. La expropiación forzosa. Actos administrativos previos de expropiación. Justiprecio. Jurado
Provincial de Expropiación. Pago y ocupación de bienes. Inscripción registral.
14. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de
adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales.
Incumplimiento de los contratos administrativos.
15. El modelo de Función Pública del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Características generales. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: clasificación,
derechos y deberes.
16. Principios, políticas y medidas de igualdad de género y contra la violencia de género.
Normativa vigente en el ordenamiento español y en el de la Unión Europea, con especial
referencia al III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en
sus Organismos Públicos, vinculados o dependientes de ella. Políticas dirigidas a la atención a
personas con discapacidad y a las personas en situación de dependencia.
Epígrafe II. Materias de Administración Marítima
1. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima (1): Título preliminar. Disposiciones
generales. Título I. De la ordenación administrativa de la navegación.
2. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima (2): Título II. De los vehículos de la
navegación: Capítulo I. De los buques, embarcaciones y artefactos navales. Capítulo II.
Sección 2.ª De la documentación de los buques nacionales. Capítulo III. De la nacionalidad de
los buques. Título III. De los sujetos de la navegación.
3. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima (3): Título IV. De los contratos de
utilización del buque.
4. Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima (4): Título V. De los contratos
auxiliares de la navegación. Título VI. De los accidentes de la navegación.
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5. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (1): Título Preliminar. Disposiciones
generales. Libro primero: Sistema portuario de titularidad estatal. Título I. Organización y
gestión. Título IV. Medio ambiente y seguridad. Título V. Dominio público portuario estatal.
6. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (2): Título VI. Prestación de servicios:
Capítulo I. Servicios. Capítulo II. Servicios Generales. Capítulo III. Servicios portuarios. Capítulo
IV. Servicio de señalización marítima. Capítulo V. Servicios comerciales. Reglamento (UE)
2017/352 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2017, por el que se crea
un marco para la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la
transparencia financiera de los puertos: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Prestación
de servicios portuarios. Disposiciones generales y finales.
7. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (3): Libro Segundo: Marina mercante.
Título I. Explotación naviera y Régimen de las Navegaciones. Título II. Administración Marítima:
Capítulo I. Administración Central. Capítulo II. Administración Periférica. Capítulo IV. Cuerpos de
la Marina Civil.
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8. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (4). Libro Tercero: Régimen de Policía.
Título I. Reglamento de explotación y policía de los puertos del Estado. Título II. Funciones de
Policía especial. Título III. Medidas que garantizan la actividad portuaria y la navegación.
9. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (5): Libro Tercero: Régimen de policía.
Título IV. Régimen sancionador. Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se aprueba
el Reglamento del procedimiento sancionador de las infracciones en el ámbito de la Marina
Civil establecidas en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante. Anexo II.
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10. Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 1982 (UNCLOS), hecho en
Montego Bay el 10 de diciembre de 1982: Parte I. Introducción. Parte II. El mar territorial y la
zona contigua. Parte III. Estrechos utilizados para la navegación internacional. Parte V. Zona
económica exclusiva. Parte VI. Plataforma continental. Parte VII. Alta mar. Parte VIII. Régimen de
las islas. Parte XII. Protección y preservación del medio marino.
11. Delimitación de las aguas marítimas españolas: Ley 10/1977, de 4 de enero, sobre mar
territorial. Real Decreto 2510/1977, de 5 de agosto, sobre trazado de líneas de base rectas en
desarrollo de la Ley 20/1967, de 8 de abril, sobre extensión de las aguas jurisdiccionales
españolas a 12 millas, a efectos de pesca. Ley 15/1978, de 20 de febrero, sobre zona
económica. Real Decreto 236/2013, de 5 de abril, por el que se establece la Zona Económica
Exclusiva de España en el Mediterráneo noroccidental. Ley 44/2010, de 30 de diciembre, de
Aguas Canarias.
12. Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas: Título preliminar. Objeto y finalidades de la Ley.
Título I. Bienes de dominio público marítimo-terrestre. Título II. Limitaciones de la propiedad
sobre los terrenos contiguos a la ribera del mar por razones de protección del dominio público
marítimo-terrestre. Título III. Utilización del dominio público marítimo- terrestre: Disposiciones
generales, Reservas y adscripciones, Autorizaciones y Concesiones. Título VI: Competencias
administrativas.
13. Estructura y competencias de la administración marítima (1): Real Decreto 139/2020, de 28
de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales. Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Real
Decreto 638/2007, de 18 de mayo, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y los Distritos
Marítimos.
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14. Estructura y competencias de la administración marítima (2): Sociedad de Salvamento y
Seguridad Marítima (SASEMAR). Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Libro Segundo:
Título II. Capítulo III. Plan Nacional de Servicios Especiales de Salvamento 2021-2024.
15. Organización Marítima Internacional (OMI): Convenio Constitutivo de la Organización
Marítima Internacional, 1948: Objetivos de la Organización. Funciones. Miembros. Órganos. La
Asamblea. El Consejo, Comité de Seguridad Marítima, Comité Jurídico, Comité de Protección
del Medio Marino, Comité de Cooperación Técnica, Comité de Facilitación, Secretaría, Finanzas,
Votación, Sede de la Organización y Relaciones con las Naciones Unidas y otras organizaciones.
16. Organización Internacional del Trabajo (OIT): Organización y Funcionamiento.
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17. Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y Organización Internacional de
Telecomunicaciones Móviles por Satélite (IMSO): Constitución de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones, 1992: Capítulo I. Disposiciones básicas: Objeto de la Unión, Composición
de la Unión, Derechos y obligaciones de los Estados Miembros y Miembros de los Sectores,
Instrumentos de la Unión, Definiciones, Ejecución de los instrumentos de la Unión, Estructura
de la Unión, La Conferencia de Plenipotenciarios, Principios aplicables a las elecciones y asuntos
conexos, El Consejo y La Secretaría General. Capítulo II. El Sector de Radiocomunicaciones:
Funciones y estructura, Las Conferencias de Radiocomunicaciones y las Asambleas de
Radiocomunicaciones, La Junta del Reglamento de Radiocomunicaciones, Las Comisiones de
Estudio y el Grupo Asesor de Radiocomunicaciones y La Oficina de Radiocomunicaciones.
Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite (IMSO): Convenio
constitutivo de la Organización Internacional de Telecomunicaciones Móviles por Satélite
(IMSO) enmendado de acuerdo con las enmiendas al convenio adoptadas por la asamblea de
la IMSO en su vigésimo periodo de sesiones, aplicación provisional desde el 6 de octubre
de 2008.
18. Agencia Europea de Seguridad Marítima (EMSA) y Comité de seguridad marítima y
prevención de la contaminación por los buques (COSS): Reglamento (CE) n.° 1406/2002 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, por el que se crea la Agencia
Europea de Seguridad Marítima: Objetivos y tareas. Estructura interna y funcionamiento y
Disposiciones financieras. Reglamento (CE) n.° 2099/2002 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 5 de noviembre de 2002, por el que se crea el Comité de seguridad marítima y
prevención de la contaminación por los buques (COSS) y se modifican los reglamentos relativos
a la seguridad marítima y a la prevención de la contaminación por los buques.
19. Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente del
Mar, 1978 (STCW). Articulado y Enmiendas de Manila de 2010 al anexo del Convenio STCW:
Disposiciones generales.
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20. Código de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar con las enmiendas de
Manila de 2010. Normas obligatorias relacionadas con las disposiciones del anexo del Convenio
STCW (Parte A).
21. Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, por el que se regulan los títulos profesionales y de
competencia de la Marina Mercante. Resolución de 14 de noviembre de 2016, de la Dirección
General de la Marina Mercante, por la que se determinan las condiciones de obtención de los
certificados de suficiencia de los marineros de la Marina Mercante.
22. Orden de 21 de junio de 2001 sobre tarjetas profesionales de la Marina Mercante.
Resolución de 21 de septiembre de 2016, de la Dirección General de la Marina Mercante, sobre
obtención de la tarjeta profesional de Oficial electrotécnico de la Marina Mercante. Convenio
número 185 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre los documentos de
identidad de la gente de mar (revisado), 2003.
23. Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del
sector pesquero.
24. Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre, por la que se regulan los programas de
formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina
Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la
competencia profesional. Resolución de 21 de septiembre de 2016, de la Dirección General de
la Marina Mercante por la que se determina el contenido y procedimiento de homologación de
los cursos de revalidación conforme al Convenio Internacional sobre normas de formación,
titulación y guardia para la gente de mar (STCW), 1978. Resolución de 2 de febrero de 2017, de
la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se desarrolla el procedimiento de
revalidación de los certificados de suficiencia del Convenio sobre normas de formación,
titulación y guardia para la gente de mar (STCW), 1978. Resolución de 22 de marzo de 2021, de
la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se determinan las condiciones sobre el
procedimiento de revalidación de los certificados de suficiencia del Convenio sobre normas de
formación, titulación y guardia para la gente del mar.
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25. Convenio sobre el Trabajo Marítimo (CTM), 2006: Articulado. Reglamento. Parte A del
Código. Real Decreto 357/2015, de 8 de mayo, sobre cumplimiento y control de la aplicación
del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006, de la Organización Internacional del Trabajo, en
buques españoles.
26. Real Decreto 618/2020, de 30 de junio, por el que se establecen mejoras en las
condiciones de trabajo en el sector pesquero. Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre,
sobre jornadas especiales de trabajo: Capítulo I. Disposiciones generales. Capítulo II. Sección 4.ª
Subsección 1.ª Transportes y Trabajo en el mar. Capítulo II. Sección 4.ª Subsección 5.ª Trabajo en
el mar. Real Decreto 525/2002, de 14 de junio, sobre el control de cumplimiento del Acuerdo
comunitario relativo a la ordenación del tiempo de trabajo de la gente de mar.
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27. Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas
sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar. Real
Decreto 1696/2007, de 14 de diciembre, por el que se regulan los reconocimientos médicos de
embarque marítimo.
28. Real Decreto 963/2013, de 5 de diciembre, por el que se fijan las tripulaciones mínimas de
seguridad de los buques de pesca y auxiliares de pesca y se regula el procedimiento para su
asignación. Principios relativos a la dotación mínima de seguridad, adoptados por la Resolución
A.1047(27) de la OMI.
29. Registro de buques: Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento,
matriculación de buques y registro marítimo. Reglamento (CE) n.º 789/2004 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 sobre la transferencia de buques de carga y de
pasaje entre registros de Comunidad y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.º 613/91 del
Consejo. Real Decreto 2335/1980, de 10 de octubre, por el que se regula el uso de la Bandera
de España y otras banderas y enseñas a bordo de los buques nacionales. Reglamento de
buques y embarcaciones históricos y sus reproducciones singulares, aprobado por Real
Decreto 784/2021, de 7 de septiembre.
30. Registro especial de buques y empresas navieras: Texto Refundido de la Ley de Puertos
del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre. Disposición adicional decimosexta. Registro Especial de Buques y Empresas
Navieras. Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de
Canarias: Título VII: Registro Especial de Buques y Empresas Navieras.
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31. Convenio internacional sobre arqueo de buques, hecho en Londres el 23 de junio de 1969.
Resolución A.1117(30) de la OMI, adoptada el 6 de diciembre de 2017, por el que se adopta el
Sistema de asignación de un número de la OMI a los buques para su identificación.
32. Convenio Internacional sobre líneas de carga (LL), 1966, modificado por el Protocolo
de 1988 relativo al Convenio LL.
33. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Protocolo de 1988 relativo al Convenio SOLAS: Capítulo I. Disposiciones Generales. Parte A.
Ámbito de aplicación, definiciones, etc. parte B. Reconocimientos y certificados. Parte C.
Siniestros. Apéndice.
34. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo II-1. Construcción-Estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de
máquinas e instalaciones eléctricas: Parte A. Generalidades. Parte B. Compartimentado y
estabilidad.
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35. Código internacional de estabilidad sin avería (Código IS 2008), adoptado por Resolución
MSC.267(85) de la OMI: Introducción. Criterios obligatorios. Parte A y Parte B.
36. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo II-1. Construcción-Estructura, compartimentado y estabilidad, instalaciones de
máquinas e instalaciones eléctricas: Parte C. Instalaciones de máquinas. Parte D. Instalaciones
eléctricas. Parte E. Prescripciones complementarias relativas a espacios de máquinas sin
dotación permanente. Parte F. Proyectos y disposiciones alternativos y buques que utilicen
combustibles de bajo punto de inflamación. Parte G. Buques que utilicen combustibles de bajo
punto de inflamación.
37. Código internacional de seguridad para los buques que utilicen gases u otros
combustibles de bajo punto de inflamación (Código IGF), adoptado por Resolución
MSC.391(95) de la OMI: Parte A. Generalidades, Objetivo y prescripciones funcionales y
Prescripciones generales. Parte A-1: Prescripciones específicas relativas a los buques que
consumen gas natural como combustible. Parte B-1: Fabricación, calidad y pruebas. Parte C-1:
Ejercicios y prácticas de emergencia y Funcionamiento. Parte D-1: Formación.
38. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo II-2. Construcción-Prevención, detección y extinción de incendios: Parte A.
Generalidades. Parte B. Prevención de incendios y explosiones. Parte C. Supresión de incendios.
39. Código internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI), adoptado
por Resolución MSC.98(73) de la OMI.
40. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo II-2. Construcción-Prevención, detección y extinción de incendios: Parte D. Evacuación.
Parte E. Prescripciones operacionales. Parte F. Proyectos y disposiciones alternativos. Parte G.
Prescripciones especiales.
41. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo III. Dispositivos y medios de salvamento: Parte A. Generalidades. Parte B.
Prescripciones relativas a los buques y a los dispositivos de salvamento. Parte C. Proyectos y
disposiciones alternativos.
42. Código internacional de dispositivos de salvamento (Código IDS), adoptado por
Resolución MSC.48(66) de la OMI. Real Decreto 38/2009, de 23 de enero, por el que se regulan
las pruebas a las que se someten los botes salvavidas y sus medios de puesta a flote y se
autoriza su realización a empresas especializadas. Recomendación sobre las condiciones para la
aprobación de estaciones de servicio de balsas salvavidas inflables, aprobada por la Resolución
A.761(18) de la OMI.
43. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo IV. Radiocomunicaciones.
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44. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo V. Seguridad de la Navegación. Orden FOM/2472/2006, de 20 de julio, por la que se
regula el uso de la cartografía electrónica y de los sistemas de información y visualización de
cartas electrónicas a bordo de los buques.
45. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974:
Capítulo VI. Transporte de cargas y combustible líquido. Capítulo VII. Transporte de mercancías
peligrosas. Capítulo VIII. Buques nucleares.
46. Código de prácticas de seguridad para la estiba y sujeción de la carga (Código ESC),
aprobado por Resolución A.714 (17) de la OMI.
47. Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel (Código IMSBC), adoptado por
Resolución MSC.268(85) de la OMI.
48. Código internacional para el transporte sin riesgos de grano a granel, Londres 1992,
aprobado por Resolución MSC.23(59) de la OMI: Parte A. Prescripciones particulares. Parte B.
Cálculo de los momentos escorantes supuestos e hipótesis generales. Código internacional
para la seguridad del transporte de combustible nuclear irradiado, plutonio y desechos de alta
actividad en bultos a bordo de los buques (Código CNI), adoptado por Resolución MSC.88(71)
de la OMI.
49. Código marítimo internacional de mercancías peligrosas (IMDG), adoptado por Resolución
MSC.122(75) de la OMI: Parte 1. Disposiciones generales, definiciones y capacitación. Parte 2.
Clasificación. Parte 3. Lista de mercancías peligrosas, disposiciones especiales y excepciones.
Parte 5. Procedimientos relativos a la remesa. Parte 7. Disposiciones relativas a las operaciones
de transporte.
50. Código internacional de Quimiqueros (Código CIQ), adoptado por Resolución MSC.4(48)
de la OMI.
51. Código Internacional de Gaseros (Código CIG), adoptado por Resolución MSC.5(48) de la
OMI.
52. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo IX. Gestión de la seguridad operacional de los buques. Código internacional de
gestión de la seguridad (Código IGS), aprobado por la Resolución A.741(18) de la OMI: Parte A.
Implantación. Parte B. Certificación y verificación. Apéndice. Reglamento (CE) n.º 336/2006 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de febrero de 2006 sobre la aplicación en la
Comunidad del Código internacional de gestión de la seguridad y por el que se deroga el
Reglamento (CE) n.º 3051/95 del Consejo.
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53. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo X. Medidas de seguridad aplicables a las naves de gran velocidad. Código
internacional de seguridad para naves de gran velocidad, 2000 (Código NGV 2000), adoptado
por Resolución MSC.97(73) de la OMI.
54. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo XI-1. Medidas especiales para incrementar la seguridad marítima. Capítulo XI-2.
Medidas especiales para incrementar la protección marítima. Resolución A.959 (23) de la OMI,
por la que se aprueban las Directrices para el mantenimiento de los registros sinópticos
continuos. Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación
marítima (SUA), 1988, y Protocolo de 2005 al Convenio SUA. Protocolo para la represión de
actos ilícitos contra la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma
continental (PRO/SUA), 1988, y Protocolo de 2005 al Protocolo PRO/SUA.
55. Código internacional para la protección de los buques y de las instalaciones portuarias
(Código PBIP): Preámbulo. Prescripciones obligatorias relativas a las disposiciones del capítulo
XI-2 del convenio SOLAS (Parte A). Apéndice. Reglamento (CE) n.º 725/2004 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 31 de marzo de 2004 relativo a la mejora de la protección de los
buques y las instalaciones portuarias. Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se
establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo.
56. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo XII. Medidas de seguridad adicionales aplicables a graneleros: Normas relativas a la
resistencia de los mamparos y el doble fondo de los graneleros, aprobadas por la Resolución 4
de la Conferencia de 1997 del convenio SOLAS. Normas para la inspección y el mantenimiento
de las tapas de escotilla de los graneleros por parte del propietario, adoptadas por Resolución
MSC.169 (79) de la OMI. Normas y criterios relativos a las estructuras laterales de los graneleros
de forro sencillo en el costado, adoptadas por Resolución MSC.168 (79) de la OMI.
57. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo XIII. Verificación del cumplimiento. Código para la implantación de los instrumentos
de la OMI (Código III), adoptado por la Resolución A.1070(28) de la OMI. Resolución A.1067(28)
de la OMI, por la que se aprueba el Marco y Procedimientos para el Plan de auditorías de los
Estados Miembros de la OMI: Parte I. Marco para la auditoría de un estado miembro de la OMI.
Parte II. Procedimientos para la auditoría de un estado miembro de la OMI.
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58. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), 1974.
Capítulo XIV. Medidas de seguridad para los buques que operen en aguas polares. Código
internacional para los buques que operen en aguas polares (Código POLAR), adoptado por
Resolución MSC.385(94) de la OMI. Introducción. Parte I-A. Medidas de seguridad. Parte II-A.
Medidas de prevención de la contaminación.
59. Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, aprobado por Real
Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre. Real Decreto 799/2011, de 10 de junio, por el que se
establecen las obligaciones que incumben al Ministerio de Fomento en materia de seguridad
marítima y prevención de la contaminación marina sobre buques españoles.
60. Código para las organizaciones reconocidas (Código OR), adoptado por Resolución
MSC.349 (92) de la OMI.
61. Reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques extranjeros en puertos
españoles, aprobado por Real Decreto 1737/2010, de 23 de diciembre. Reglamento (UE)
n.º 428/2010 de la Comisión, de 20 de mayo de 2010, que desarrolla el artículo 14 de la
Directiva 2009/16/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las
inspecciones ampliadas de buques. Procedimientos para la supervisión por el Estado Rector del
Puerto 2011, adoptados por la Resolución A.1138(31) de la OMI.
62. Directrices para efectuar reconocimientos de conformidad con el sistema armonizado de
reconocimientos y certificación (SARC) 2015, adoptadas por la A.1156(32) de la OMI.
Decreto 3384/1971, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Reconocimiento
de Buques y Embarcaciones Mercantes: Buques de nueva construcción, Reconocimientos
periódicos. Disposiciones complementarias.
63. Real Decreto 733/2019, de 20 de diciembre, sobre un sistema de inspecciones para
garantizar la seguridad en la explotación de buques de pasaje de transbordo rodado y naves
de pasaje de gran velocidad en servicio regular. Real Decreto 1861/2004, de 6 de septiembre,
sobre las prescripciones específicas de estabilidad aplicables a los buques de pasaje de
transbordo rodado. Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las
condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los
modos de transporte para personas con discapacidad: anexo II. Condiciones básicas de
accesibilidad de los medios de transporte marítimo.
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64. Real Decreto 1247/1999, de 16 de julio, sobre reglas y normas de seguridad aplicables a
los buques de pasaje que realicen travesías entre puertos españoles. Articulado. Reglamento
Delegado (UE) 2020/411 de la Comisión, de 19 de noviembre de 2019, por el que se modifica la
Directiva 2009/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las reglas y normas de
seguridad aplicables a los buques de pasaje, en lo que respecta a las prescripciones de
seguridad aplicables a los buques de pasaje que realizan travesías nacionales.
65. Código internacional sobre el programa mejorado de inspecciones durante los
reconocimientos de graneleros y petroleros, 2011 (Código ESP 2011), adoptado por la
Resolución A.1049(27) de la OMI. Anexo A: Código sobre el programa mejorado de
inspecciones durante los reconocimientos de graneleros de forro sencillo en el costado y de
doble forro en el costado. Anexo B: Código sobre el programa mejorado de inspecciones
durante los reconocimientos de petroleros de doble casco y que no tenga doble casco.
66. Código para la construcción y el equipo de unidades móviles de perforación mar adentro
(Código MODU), 2009, adoptado por la Resolución A.1023(26) de la OMI.
67. Real Decreto 543/2007, de 27 de abril, por el que se determinan las normas de seguridad
y de prevención de la contaminación a cumplir por los buques pesqueros menores de 24
metros de eslora (L). Real Decreto 239/2019, de 5 de abril, por el que se establecen las
condiciones para el desarrollo de la actividad de pesca-turismo.
68. Real Decreto 1032/1999, de 18 de junio, por el que se determinan las normas de
seguridad a cumplir por los buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 metros. Real
Decreto 1216/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de
seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca. Acuerdo del Consejo de
Ministros, de 29 de abril de 2005, por el que se establecen actuaciones conjuntas entre el
Ministerio de Fomento, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación para mejorar la seguridad de los buques pesqueros,
publicado por la Resolución de 31 de mayo de 2005. Reglamento (UE) 2017/1130 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, por el que se definen las
características de los barcos de pesca.
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69. Real Decreto 1661/1982, de 25 de junio, por el que se declaran de aplicación a todos los
buques y embarcaciones mercantes nacionales los preceptos del Convenio Internacional para la
Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, y su protocolo de 1978. Orden de 10 de junio
de 1983 sobre normas complementarias de aplicación al Convenio Internacional para la
Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974, y su Protocolo de 1978, a los buques y
embarcaciones mercantes nacionales.
70. Real Decreto 210/2004, de 6 de febrero, por el que se establece un sistema de
seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo. Orden FOM/93/2008, de 23 enero, por
la que se regula la composición y funciones, de los equipos de evaluación ante emergencias
marítimas.
71. Reglamento Internacional para prevenir los abordajes (COLREG), 1972.
72. Reglamento de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de mercancías peligrosas en
los puertos, aprobado por Real Decreto 145/1989, de 20 de enero. Título I. Disposiciones
generales. Título II. Clasificación e identificación de las mercancías peligrosas. Título III.
Manipulación de mercancías peligrosas: Capítulo III-1. Explosivos. Capítulo III-10.
Hidrocarburos, gases licuados y productos químicos a granel. Título VI. Planes de emergencia y
autoprotección. Reglamento de Explosivos, aprobado por Real Decreto 130/2017, de 24 de
febrero. Título IX. Capítulo V. Transporte marítimo, fluvial y en embalses. Reglamento de
artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre.
Título IX. Capítulo V. Transporte marítimo, fluvial y en embalses.
73. Real Decreto 995/2003, de 25 de julio, por el que se establecen los requisitos y
procedimientos armonizados para las operaciones de carga y descarga de los buques
graneleros. Código de prácticas para la seguridad de las operaciones de carga y descarga de
graneleros (Código BLU), aprobado por la Resolución A.862(20) de la OMI.
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74. Reglamento de Radiocomunicaciones (modificado hasta (CMR-07) de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones (UIT): Terminología y características técnicas. Frecuencias.
Asignación y empleo de las frecuencias. Interferencias. Disposiciones administrativas.
Comunicaciones de socorro y seguridad. Servicios marítimos.
75. Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los
buques civiles españoles, aprobado por Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre.
76. Prescripciones relativas al Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM)
para las instalaciones radioeléctricas a bordo de los buques a los que se aplica el Convenio
SOLAS (COMSAR/Circ.32 de la OMI).
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77. Provisión de servicios radioeléctricos para el Sistema mundial de socorro y seguridad
marítimos (SMSSM), aprobado por Resolución A.801(19) de la OMI. Criterios aplicables cuando
se provean sistemas de comunicaciones móviles por satélite para el SMSSM, adoptados por la
Resolución A.1001 (25) de la OMI.
78. Servicio de Radioavisos Náuticos (SMRN), de la Resolución A.706(17) de la OMI.
79. Servicio Internacional SafetyNET (Manual del Servicio Internacional SafetyNET).
80. Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimo (SAR), 1979. Manual
internacional de los servicios aeronáuticos y marítimos de salvamento (Manual IAMSAR.
Volumen III). Real Decreto 665/1999, de 23 de abril, por el que se regula el Registro de las
personas que viajan a bordo de buques de pasaje. Orden de 23 de junio de 1999 por la que se
establecen determinadas prescripciones a cumplir por los buques de pasaje en aplicación del
Real Decreto 665/1999.
81. Real Decreto 800/2011, de 10 de junio, por el que se regula la investigación de los
accidentes e incidentes marítimos y la Comisión permanente de investigación de accidentes e
incidentes marítimos. Reglamento (UE) n.º 1286/2011 de la Comisión, de 9 de diciembre
de 2011, por el que se adopta, con arreglo al artículo 5, apartado 4, de la Directiva 2009/18/CE
del Parlamento Europeo y del Consejo, una metodología común para la investigación de
siniestros e incidentes marítimos. Código de normas internacionales y prácticas recomendadas
para la investigación de los aspectos de seguridad de siniestros y sucesos marítimos (Código
de Investigación de Siniestros), aprobado por Resolución MSC.255(84) de la OMI.
82. Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL), 1973:
Articulado. Protocolo I: Disposiciones para formular los informes sobre sucesos relacionados
con sustancias perjudiciales. Protocolo II: Arbitraje. Protocolo de 1978 relativo al Convenio
MARPOL. Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio MARPOL.
83. Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL), 73/78.
Anexo I. Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos: Generalidades.
Reconocimientos y certificación. Prescripciones aplicables a los espacios de máquinas de todos
los buques. Construcción, Equipo y Control de las descargas operacionales de hidrocarburos.
84. Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL), 73/78.
Anexo I. Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos: Prescripciones relativas a las
zonas de carga de los petroleros. Prevención de la contaminación derivada de sucesos que
entrañan contaminación por hidrocarburos. Instalaciones de recepción. Prescripciones
especiales para plataformas fijas o flotantes. Prevención de la contaminación durante el
trasbordo de cargas de hidrocarburos entre petroleros en el mar. Prescripciones especiales para
la utilización o el transporte de hidrocarburos en la zona del Antártico. Verificación del
cumplimiento de las disposiciones del presente Convenio. Código Internacional para los
buques que operen en aguas polares. Apéndices.
85. Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL), 73/78.
Anexo II. Reglas para prevenir la contaminación por sustancias nocivas líquidas transportadas a
granel.
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86. Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL), 73/78.
Anexo III. Reglas para prevenir la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por
mar en bultos: Anexo IV. Reglas para prevenir la contaminación por las aguas sucias de los
buques.
87. Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL), 73/78.
Anexo V. Reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques. Directrices para
la implantación del anexo V del Convenio MARPOL, aprobadas por Resolución MEPC.295 (71)
de la OMI.
88. Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL), 73/78.
Anexo VI. Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques.
89. Código técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores
diésel marinos (Código NOx).
90. Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, por el que se fijan las especificaciones de gasolinas,
gasóleos, fuelóleos y gases licuados del petróleo, se regula el uso de determinados
biocarburantes y el contenido de azufre de los combustibles para uso marítimo. Decisión de
Ejecución (UE) 2015/253 de la Comisión, de 16 de febrero de 2015, por la que se establecen las
normas relativas al muestreo y los informes de conformidad.
91. Convenio sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de desechos y
otras materias (LC), 1972, modificado por el Protocolo de 1996 relativo al Convenio LC.
Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino: De los vertidos en el mar
(Título IV).
92. Convenio para la Protección del Medio Marino y de la Región Costera del Mediterráneo
(Convenio de Barcelona), 1976. Articulado. Protocolo sobre la prevención de la contaminación
causada por vertidos desde buques y aeronaves de 1976. Protocolo sobre cooperación para
prevenir la contaminación por los buques y, en situaciones de emergencia, combatir la
contaminación del Mar Mediterráneo de 2002. Protocolo para la protección del Mar
Mediterráneo contra la contaminación causada por fuentes y actividades situadas en tierra
de 1980. Protocolo sobre las zonas especialmente protegidas y la diversidad biológica en el
Mediterráneo de 1995. Protocolo relativo a la gestión integrada de las zonas costeras del
Mediterráneo de 2008.
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93. Convenio para la Protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico del Nordeste
(Convenio OSPAR), 1992. Articulado. Anexo I. Sobre la prevención y eliminación de la
contaminación de origen terrestre. Anexo II. Sobre la prevención y eliminación de la
contaminación provocada por vertidos o incineración. Anexo III. Sobre la prevención y
eliminación de la contaminación procedente de fuentes mar adentro. Anexo IV. Sobre la
evaluación de la calidad del medio marino. Anexo V. Sobre la Protección y la Conservación de
los Ecosistemas y la Diversidad Biológica de la Zona Marítima. Apéndices. Acuerdo de
cooperación para la protección de las costas y de las aguas del Atlántico Nordeste contra la
polución (Acuerdo de Lisboa), 1990. Protocolo Adicional relativo al Acuerdo de Lisboa, 2008.
94. Convenio Internacional relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Accidentes que
causen o puedan causar una Contaminación por Hidrocarburos, 1969. Protocolo relativo a la
intervención en alta mar en casos de contaminación del mar por sustancias distintas de los
hidrocarburos, 1973. Convenio Internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la
Contaminación por Hidrocarburos (Convenio OPRC), 1990. Protocolo sobre Cooperación,
Preparación y Lucha contra los sucesos de contaminación por sustancias nocivas y
potencialmente peligrosas (Protocolo OPRC-HNS), 2000.
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95. Convenio Internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de
los buques (Convenio BWM), 2004. Reglas para el control y la gestión del agua de lastre y los
sedimentos de los buques. Convenio Internacional sobre el control de los sistemas
antiincrustantes perjudiciales en los buques (Convenio AFS), 2001.
96. Reglamento (UE) n.º 530/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio
de 2012, relativo a la introducción acelerada de normas en materia de doble casco o de diseño
equivalente para petroleros de casco único. Reglamento (UE) n.º 1257/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativo al reciclado de buques y por el
que se modifican el Reglamento (CE) n.º 1013/2006 y la Directiva 2009/16/CE. Reglamento (UE)
2015/757 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2015 relativo al seguimiento,
notificación y verificación de las emisiones de dióxido de carbono generadas por el transporte
marítimo y por el que se modifica la Directiva 2009/16/CE.
97. Real Decreto 128/2022, de 15 de febrero, sobre instalaciones portuarias receptoras de
desechos de buques. Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre. Servicio de recepción de
desechos generados por buques: Artículos 63 y 132.
98. Sistema Nacional de Respuesta ante la contaminación marina, aprobado por Real
Decreto 1695/2012, de 21 de diciembre. Plan Marítimo Nacional de respuesta ante la
contaminación del medio marino, aprobado por Orden FOM/1793/2014, de 22 de septiembre.
Real Decreto 394/2007, de 31 de marzo, sobre medidas aplicables a los buques en tránsito que realicen descargas contaminantes en aguas marítimas españolas.
99. Real Decreto-ley 16/2017, de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de
seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino. Real
Decreto 1339/2018, de 29 de octubre, por el que se desarrolla el Real Decreto-ley 16/2017,
de 17 de noviembre, por el que se establecen disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino.
100. Reglamento sobre despacho de buques, aprobado por la Orden de 18 de enero de 2000.
Real Decreto 131/2019, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la obligación de consignación
de buques.
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101. Orden FOM/1194/2011, de 29 de abril, por la que se regula el procedimiento integrado
de escala de buques en los puertos de interés general. Real Decreto 1334/2012, de 21
de septiembre, sobre las formalidades informativas exigibles a los buques mercantes que
lleguen a los puertos españoles o que salgan de éstos. Real Decreto 807/2021, de 21 de
septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de control de las embarcaciones neumáticas
y semirrígidas a las que se refieren las letras f), g), h) e i) del apartado 3 del artículo único del
Real Decreto-ley 16/2018, de 26 de octubre, por el que se adoptan determinadas medidas de
lucha contra el tráfico ilícito de personas y mercancías en relación a las embarcaciones
utilizadas, y por el que se modifica el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se
regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.
102. Reglamento (CEE) n.º 3577/92 del Consejo, de 7 de diciembre de 1992, por el se aplica el
principio de libre prestación de servicios a los transportes marítimos dentro de los Estados
miembros (cabotaje marítimo). Real Decreto 1516/2007, de 16 de noviembre, por el que se
determina el régimen jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las
navegaciones de interés público: Régimen general y Contratos de navegación de interés
público. Reglamento (CEE) n.º 4055/86 del Consejo de 22 de diciembre de 1986 relativo a la
aplicación del principio de libre prestación de servicios al transporte marítimo entre Estados
miembros y entre Estados miembros y países terceros. Texto Refundido de la Ley de Puertos del
Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre. Navegación de Cabotaje: Artículo 8.4 y artículo 257.
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103. Reglamento General de Practicaje, aprobado por Real Decreto 393/1996, de 1 de marzo.
Orden FOM/2417/2007, de 25 de julio, por la que se regula el reconocimiento de la
capacitación profesional para la prestación de los servicios de practicaje portuario. Orden
FOM/1621/2002, de 20 de junio, por la que se regulan las condiciones para el otorgamiento de
exenciones al servicio portuario de practicaje.
104. Real Decreto 1434/1999, de 10 de septiembre, por el que se establecen los
reconocimientos e inspecciones de las embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad de
la vida humana en la mar y se determinan las condiciones que deben reunir las entidades
colaboradoras de inspección: Disposiciones generales. Entidades colaboradoras de inspección.
Realización de los reconocimientos. Infracciones y sanciones. Real Decreto 339/2021, de 18 de
mayo, por el que se regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las
embarcaciones de recreo. Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los
requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones
deportivas y sus componentes: Capítulo I. Real Decreto 1119/1989, de 15 de septiembre, por el
que se regula el tráfico de embarcaciones especiales de alta velocidad en las aguas marítimas
españolas.
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105. Real Decreto 804/2014, de 19 de septiembre, por el que se establecen el régimen jurídico
y las normas de seguridad y prevención de la contaminación de los buques de recreo que
transporten hasta doce pasajeros: Disposiciones de carácter general. Normas sobre
abanderamiento, matriculación, marcas, reconocimientos, inspecciones y certificación. Régimen
sancionador. Disposiciones adicionales. Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se
actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas. Real
Decreto 1043/2003, de 1 de agosto, por el que se establecen determinadas medidas de
seguridad para la utilización de artefactos náuticos de recreo autopropulsados.
106. Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas
para el gobierno de las embarcaciones de recreo: Capítulo I: Disposiciones generales.
Capítulo II: De las titulaciones de recreo. Capítulo III: Procedimiento y pruebas para la obtención
de los títulos. Capítulo IV: Reconocimientos psicofísicos. Capítulo V: De la documentación,
registro y control. Capítulo VI: De las actividades de formación. Capítulo VII: Habilitaciones
anejas de los títulos náuticos de recreo. Capítulo VIII: Régimen de inspecciones. Infracciones y
sanciones. Disposiciones adicionales. Reglamento de las condiciones de seguridad marítima, de
la navegación y de la vida humana en la mar aplicables a las concentraciones náuticas de
carácter conmemorativo y pruebas náutico-deportivas, aprobado por Real Decreto 62/2008,
de 25 de enero.
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107. Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, por el que se regula el abanderamiento y
matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de
matrícula de buques. Orden de 16 de diciembre de 1998 por la que se regula el procedimiento
abreviado de registro y matriculación de las motos náuticas. Real Decreto 685/2010, de 20 de
mayo, por el que se regula el otorgamiento de permiso temporal de navegación para
determinadas embarcaciones de recreo. Orden de 4 de diciembre de 1985 de alquiler de
embarcaciones de recreo. Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, por el que se determinan las
condiciones de seguridad de las actividades de buceo.
108. Convenio de Atenas relativo al transporte de pasajeros y sus equipajes por mar (PAL),
1974, y Protocolo de 2002 al Convenio. Reglamento (CE) n.º 392/2009 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 23 de abril de 2009, sobre la responsabilidad de los transportistas de
pasajeros por mar en caso de accidente. Real Decreto 270/2013, de 19 de abril, sobre el
certificado del seguro o la garantía financiera de la responsabilidad civil en el transporte de
pasajeros por mar en caso de accidente. Reglamento del seguro de responsabilidad civil de
suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas, aprobado por Real
Decreto 607/1999, de 16 de abril: Disposiciones generales. Ámbito y límites del seguro.
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Contrato de seguro. Reglamento del Seguro Obligatorio de Viajeros, aprobado por Real
Decreto 1575/1989, de 22 de diciembre. Título Preliminar. Del seguro obligatorio de viajeros.
Título Primero: Capítulo I. Del contrato de seguro obligatorio. Reglamento (UE) n.º 1177/2010
del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2010 sobre los derechos de los
pasajeros que viajan por mar y por vías navegables y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2006/2004.
109. Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil nacida de daños debidos a
Contaminación por Hidrocarburos (CLC), 1992. Real Decreto 1892/2004, de 10 de septiembre,
por el que se dictan normas para la ejecución del Convenio Internacional sobre la
Responsabilidad Civil derivada de daños debidos a la contaminación de las aguas del mar por
hidrocarburos. Convenio internacional sobre la constitución de un fondo internacional de
indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos (FUND), 1992. Protocolo
de 2003 relativo al Convenio Internacional sobre la constitución de un Fondo Internacional de
Indemnización de daños debidos a contaminación por hidrocarburos, 1992.
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110. Convenio Internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a
contaminación por hidrocarburos para combustible de los buques (BUNKERS), 2001. Real
Decreto 1795/2008, de 3 de noviembre, por el que se dictan normas sobre la cobertura de la
responsabilidad civil por daños causados por la contaminación de los hidrocarburos para
combustible de los buques.
111. Convenio sobre limitación de la responsabilidad nacida de reclamaciones de derecho
marítimo (LLMC), 1976 y Protocolo de 1996 al Convenio. Real Decreto 1616/2011, de 14
de noviembre, por el que se regula el seguro de los propietarios de los buques civiles para
reclamaciones de derecho marítimo.
112. Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo (SALVAGE), 1989.
Epígrafe III. Materias técnicas
1. Registro de Buques: regulación y procedimientos. Registro Ordinario y Registro Especial.
Procedimientos generales de abanderamiento y registro: Nuevas construcciones, importaciones
temporales y definitivas de buques. Procedimientos especiales de baja registral: exportaciones
temporales y definitivas de buques. Regímenes singularizados de abanderamiento y
matriculación de embarcaciones de recreo lista séptima, motos náuticas y embarcaciones de
alta velocidad.
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2. Despacho de buques: documentación y formalización de los despachos de buques, de los
enroles y desenroles. Repercusión en el despacho. Efectos del Despacho de buques en las
demás actuaciones llevadas a cabo por las Capitanías Marítimas.
3. Inspección de buques y embarcaciones: La función inspectora por el Estado de Bandera.
Código de Gestión de la Seguridad (IGS): Auditorías. Código internacional para la protección de
los buques y de las instalaciones portuarias (PBIP): Verificaciones.
4. La función inspectora por el Estado Rector del Puerto: Procedimientos del Memorándum de
Paris (MOU).
5. Manual Internacional OMI-OACI de los Servicios Aeronáuticos y Marítimos de Búsqueda y
Salvamento (IAMSAR 1999). Objeto. Principios aplicables a la coordinación de búsqueda y
salvamento. Técnicas y operaciones de búsqueda. Planificación y operaciones de búsqueda.
Ayuda de emergencia diferente de la búsqueda y salvamento. Conclusión de las operaciones
SAR. Métodos y procedimientos de comunicaciones para búsqueda y salvamento. Sistema de
notificación para buques. Toma de conocimiento y acción inicial. Coordinación SAR. Prestación
de auxilio. Coordinación en el lugar del siniestro. Emergencias a bordo. Otros elementos de
búsqueda y salvamento: el Código marítimo de identificación a fines de búsqueda y
salvamento (código MAREC) y el Formato normalizado de notificación de contingencias a fines
de búsqueda y salvamento (SITREP).
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6. Tripulaciones mínimas. Determinación de las tripulaciones mínimas de seguridad en los
buques españoles. Criterios, procedimientos y directrices para la elaboración de informes de
tripulaciones y en la asignación de las mismas. Régimen regulatorio sobre jornadas especiales
de trabajo, en lo relativo al trabajo en la mar.
7. Titulaciones: Aplicación de la normativa nacional e internacional en materia de formación y
titulación para la gente de mar por la Administración Marítima.
8. Radiocomunicaciones y radionavegación: Normativa de aplicación a los buques nacionales
en virtud de los convenios internacionales, según las zonas marítimas de navegación
establecidas para el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimos (SMSSM). Normativa
nacional de aplicación a los buques nacionales según sus características y zonas de navegación:
buques de carga, pasaje, pesca y recreo. Procedimientos de inspección de equipos de
radiocomunicaciones y radionavegación en buques nacionales y en el ámbito del MOU.
9. El régimen sancionador en el ámbito de la marina mercante: supuestos infractores, su
calificación jurídica, responsables y sanciones a aplicar.
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10. La seguridad en la navegación: Organización del tráfico marítimo (Resolución A.572(14) de
la OMI): Objetivos, Definiciones, Procedimientos, Responsabilidades, Métodos, Planificación,
Criterios de concepción, Ajustes temporales de los dispositivos de separación de tráfico y
Relaciones del Centro correspondiente a un Dispositivo de Separación de Tráfico y los buques
que lo utilicen.
11. El tráfico marítimo: Explotación naviera, Formas de disponibilidad de buques: propiedad o
fletamento y sus clases, Clases de tráficos: «tramp», línea regular y cruceros turísticos.
12. Practicaje: Procedimientos y obligaciones del practicaje en España, Responsabilidades y
Exenciones.
13. Reglas para determinar las líneas de carga de los buques. Zonas, regiones y períodos
estacionales.
14. Prácticas de seguridad para el transporte, estiba y sujeción de cargas en los buques.
15. Normas de seguridad de los contenedores, incluidas las Recomendaciones OMI/OIT sobre
la arrumazón de la carga en contenedores o vehículos.
16. Códigos Internacionales vinculados al capítulo VII del Convenio SOLAS: Aplicación.
17. Mercancías peligrosas: aplicación práctica por parte de la Administración Marítima de la
normativa nacional e internacional en la materia.
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18. Medidas para el fomento de la actividad naviera: Incentivos fiscales para la renovación de
la flota mercante y Régimen de las entidades navieras en función del tonelaje.
19. Sistemas de lavado con crudo: Generalidades y Aplicación. Sistemas de gas inerte:
Generalidades y Aplicación.
20. Corriente eléctrica a bordo de los buques: Diferentes tipos de corriente eléctrica
producida a bordo de los buques, Balance eléctrico, Cuadros eléctricos principales y
secundarios y Diferentes tipos de distribución de corriente eléctrica a bordo de los buques.
21. Ensayos destructivos y no destructivos: Generalidades. Ensayos destructivos de tracción.
Observación de fracturas. Probetas. Ensayos destructivos de flexión. Ensayos destructivos de
dureza. Ensayos destructivos de fatiga. Ensayos no destructivos por ultrasonidos. Ensayos no
destructivos por líquidos penetrantes. Ensayos no destructivos por rayos X y Ensayos no
destructivos por rayos gamma.
22. Maquinaria auxiliar en los buques: Separadoras y purificadoras. Compresores. Bombas.
Intercambiadores de calor y Calderas de gases de escape.
23. Mantenimiento: Definición y tipos. Mantenimiento preventivo. Elementos de Diagnosis.
Mantenimiento a bordo. Consideraciones generales. Planificación. Planificación y precauciones
en los trabajos a realizar en la mar.
24. Conducción de instalaciones a bordo. Concepto de máquina preparada. Procedimientos
de puesta en marcha. Precauciones durante las maniobras. Medidas de seguridad. Utilización
de combustibles pesados, características y precauciones. Maniobra de cambio de combustible
en motores diésel. Utilización de combustible pesado en motores auxiliares. Regulación de la
mezcla. Precauciones durante la utilización. Depuración de combustibles. Consideraciones
generales. Análisis de combustibles abordo.
25. Procedimiento de inspección: Inspección en seco. Inspección a flote. Verificaciones a
realizar con el casco en seco. Documentación del buque a considerar durante la inspección de
maquinaria. Documentación del buque a considerar durante la inspección de elementos
estructurales. Procedimiento de inspección de tanques. Concepto de deficiencia. Definición de
motivo de detención y Elementos de valoración del estado de un buque.
Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil
26. Control de descargas de desechos: Certificado IOPP: consideraciones e información que
proporciona. El Libro de Registro de Hidrocarburos (LHR): definiciones y utilización.
Interacciones entre los sistemas de lastre, baldeo y C.I. y achique de sentinas. Tanques de
residuos: tipos y aplicación. Procedimiento de verificación del separador de sentinas. Utilización
del incinerador y Descripción de los elementos de control de sondas de tanques de residuos.
27. Motores primarios para generadores de corriente eléctrica: Diésel, Turboalternadores y
Generadores de cola.
28. Proyectos e instalaciones radioeléctricas: Procedimientos de aprobación de nuevas
construcciones, transformaciones y reformas en la instalación radioeléctrica. Inspecciones.
Certificados. Licencias.
29. Identificación de las estaciones: Formación de los distintivos de llamada y otras
identidades en los diferentes tipos de estaciones de buque y estaciones costeras. Cifras de
identificación marítima en el servicio móvil marítimo (MMSI) y en el servicio móvil marítimo por
satélite. Procedimientos de asignación del MMSI. Bases de datos nacional y de la UIT.
Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil
30. Procedimientos operacionales de radiocomunicaciones: Procedimientos para las
comunicaciones de socorro, urgencia y seguridad en el Sistema Mundial de Socorro y
Seguridad Marítimos (SMSSM). Procedimientos radiotelefónicos generales. Frecuencias y
canales utilizados.
31. Procedimientos para la aprobación y el registro de equipos radioeléctricos marinos: Base
de datos nacional de equipos. Normativa reguladora. Marcado de los equipos.
32. Características técnicas y normas de funcionamiento de los equipos de ondas métricas,
hectométricas y hectométricas/decamétricas que funcionan en radiotelefonía y llamada
selectiva digital. Radiobalizas de localización de siniestros: Características técnicas y normas de
funcionamiento de las radiobalizas por satélite del sistema Cospas-Sarsat. Procedimientos para
el registro de radiobalizas. Base de datos nacional e internacional.
33. Provisión de servicios radioeléctricos para el Sistema Mundial de Socorro y Seguridad
Marítimos (SMSSM): Principios básicos aplicables de la OMI para el establecimiento en tierra de
estaciones costeras de llamada selectiva digital (LLSD) para las distintas zonas marítimas.
Criterios aplicables para la provisión de servicios NAVTEX. Criterios para las estaciones terrenas
costeras de Inmarsat. Red de comunicaciones de centros coordinadores de salvamento
marítimo y estaciones costeras existentes en España.
Cuerpo Especial Facultativo de Marina Civil
34. Equipos de comunicaciones por satélite: Características técnicas y normas de
funcionamiento de las Estaciones Terrenas de Buque de Inmarsat de las normas C, B y M. Otras
Estaciones Terrenas de Buque utilizadas en el SMSSM: principales características generales y de
funcionamiento.
35. Equipos de seguridad de la navegación y radionavegación: Características técnicas y
normas de funcionamiento de los respondedores de radar, equipos radiotelefónicos
bidireccionales portátiles de ondas métricas (frecuencias marítimas y aeronáuticas),
instalaciones de radar y ayudas APRA, sistemas indicadores de la posición (GPS), indicadores de
velocidad y distancia, receptores NAVTEX, sistemas de identificación automática (SIA),
registradores de datos de travesía (RDT) y sistemas de identificación de largo alcance (LRIT).
- 36. Proveedores de servicios de instalación
- de equipos: requisitos generales y técnicos
- requeridos a las empresas instaladoras para
- la instalación de equipos en los buques españoles,
- requisitos relativos al personal y registro y tipos de empresas.