Temario de Administrativo Ayuntamiento de Lucena

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Prepara tu plaza con el temario de Administrativo Ayuntamiento de Lucena . Incluye temas desarrollados, test y casos prácticos.

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Descripción

Administrativo Ayuntamiento de Lucena

Administrativo Ayuntamiento de Lucena: Este material ha sido diseñado conforme al programa oficial del proceso selectivo correspondiente. Su estructura permite adaptarse a las particularidades del examen.

A continuación te ofrecemos la estructura de cómo hemos estructurado el temario y sus opciones de compra.

  • Temas adaptados y desarrollados con su colección de test
  • Casos prácticos resueltos de ofimática

📄 Consulta aquí las bases oficiales

📘 Estructura del temario

Tema 1. La Constitución Española de 1978

Estructura y principios generales.

La Constitución se estructura en un preámbulo, un título preliminar, diez títulos numerados y disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y final. Define a España como un Estado social y democrático de Derecho.

Derechos y deberes fundamentales.

Incluyen derechos individuales, colectivos, políticos y sociales. Se garantiza la igualdad ante la ley, la libertad ideológica y religiosa, y el derecho a la educación y al trabajo.

Protección y suspensión de los derechos fundamentales.

Están protegidos por el recurso de amparo y el Tribunal Constitucional. Pueden suspenderse en casos excepcionales como estados de alarma, excepción o sitio.

Protección jurisdiccional de los derechos fundamentales.

Los ciudadanos pueden reclamar ante tribunales ordinarios y el Tribunal Constitucional. También pueden recurrir a órganos internacionales como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.


Tema 2. La Corona

Las Cortes Generales.

Se componen del Congreso y el Senado. Tienen funciones legislativas, de control del Gobierno y aprobación de presupuestos.

Especial referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas.

El Defensor supervisa la actividad administrativa y protege derechos. El Tribunal de Cuentas fiscaliza la actividad económica del sector público.

El Poder Judicial.

Es independiente. Su órgano de gobierno es el Consejo General del Poder Judicial. Administra justicia en nombre del Rey.


Tema 3. La Administración del Estado

Su regulación jurídica.

Se rige por la Constitución y leyes orgánicas. Comprende la Administración General y periférica del Estado.

Formas de organización territorial del Estado.

El Estado se organiza en municipios, provincias y comunidades autónomas. Existe un reparto de competencias entre estos niveles.

Sistema de distribución de competencias.

Las competencias exclusivas, compartidas y ejecutivas se asignan según la Constitución y los estatutos de autonomía.

Relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Se canalizan mediante conferencias sectoriales, convenios y órganos de cooperación.


Tema 4. La Administración Institucional

Los organismos públicos.

Incluyen entidades con personalidad jurídica propia, diferenciadas de la Administración General.

Organismos autónomos y entidades públicas empresariales.

Los primeros ejercen funciones administrativas; los segundos realizan actividades mercantiles.

Las agencias públicas.

Son entes instrumentales con funciones ejecutivas. Pueden ser estatales o autonómicas.


Tema 5. El Estatuto de Autonomía de Andalucía

Estructura y contenido.

Contiene un preámbulo, títulos y disposiciones. Regula competencias, instituciones, financiación y relaciones con el Estado.


Tema 6. El Régimen local

Significado y evolución histórica.

Surge de la necesidad de descentralización y participación ciudadana. Ha evolucionado desde modelos centralistas hacia mayor autonomía.

La Administración Local en la Constitución.

La Constitución garantiza la autonomía de municipios, provincias e islas.

Carta Europea de Autonomía Local.

Es un tratado internacional que refuerza la autonomía local y obliga al respeto de principios como la subsidiariedad.

Garantía constitucional de la autonomía local.

La autonomía está limitada por la ley. Se reconoce pero se supedita al interés general y principios constitucionales.


(Sigue en siguiente mensaje por límite de longitud…)

Continuación de la maquetación:


Tema 7. El ordenamiento jurídico administrativo

La Constitución.

Es la norma suprema del ordenamiento. Establece el marco jurídico-administrativo general.

La Ley y sus clases.

Incluye leyes orgánicas, ordinarias, especiales, decretos legislativos y decretos-leyes. Se jerarquizan según su contenido y procedimiento.

Los Tratados Internacionales.

Forman parte del ordenamiento interno cuando se publican oficialmente. Su valor depende del procedimiento de incorporación.


Tema 8. El acto administrativo

Concepto y clases.

Son decisiones emitidas por la Administración con efectos jurídicos. Pueden ser favorables, desfavorables, expresos o presuntos.

Elementos del acto administrativo.

Sujeto, objeto, causa, contenido y forma. Deben reunir todos para ser válidos.

Requisitos: motivación y forma.

La motivación garantiza la transparencia. La forma asegura validez y control.

Eficacia, notificación y publicación.

El acto surte efectos desde su notificación. Puede publicarse cuando lo exija la ley o el interés general.

Aprobación por otra Administración.

Algunos actos requieren aprobación previa para ser válidos.

Demora y retroactividad.

La eficacia puede diferirse. La retroactividad solo es válida si no afecta derechos o intereses legítimos.


Tema 9. Invalidez de los actos administrativos

Nulidad y anulabilidad.

La nulidad es absoluta; la anulabilidad puede subsanarse. Depende del tipo de vicio.

Revisión de oficio.

La Administración puede revisar actos nulos o anulables sin petición de parte.

Conversión, conservación y convalidación.

Mecanismos para evitar la invalidez total de los actos.

Corrección de errores.

Los errores materiales y de hecho pueden corregirse sin alterar el fondo del acto.


Tema 10. El Procedimiento Administrativo Común

Medios electrónicos.

Permiten la tramitación digital. Garantizan transparencia, accesibilidad y trazabilidad.

Iniciación del procedimiento.

Puede ser de oficio o a instancia de parte. Se permite subsanar defectos.

Presentación de escritos.

Se realiza mediante registro electrónico. Deben cumplir requisitos formales.

Registros administrativos.

Son herramientas para recibir, conservar y tramitar documentos.

Términos y plazos.

Se computan por días hábiles. Pueden ampliarse o acortarse según necesidad.

Ordenación e instrucción.

Se organiza cronológicamente. Incluye pruebas e informes.


Tema 11. Terminación del procedimiento

Obligación de resolver.

La Administración debe dictar resolución expresa en todos los procedimientos.

Contenido de la resolución.

Debe ser congruente y no agravar la situación del interesado.

Terminación convencional.

Procedimientos pueden concluir por acuerdos entre las partes.

Silencio administrativo.

La falta de resolución puede implicar aceptación o rechazo, según la materia.

Desistimiento, renuncia y caducidad.

El interesado puede desistir o renunciar. La caducidad implica la finalización por inactividad.


(Sigue en siguiente mensaje…)

Continuación de la maquetación:


Tema 12. Los recursos administrativos

Concepto y principios generales.

Permiten impugnar actos administrativos. Se rigen por principios de eficacia, economía y celeridad.

Recurso de alzada.

Procede contra actos no definitivos. Se interpone ante el superior jerárquico.

Recurso de reposición.

Es potestativo y se dirige al mismo órgano que dictó el acto.

Recurso extraordinario de revisión.

Procede contra actos firmes en supuestos excepcionales como error de hecho o aparición de documentos nuevos.

Procedimientos sustitutivos.

Incluyen conciliación, mediación y arbitraje. Buscan resolver conflictos sin recurrir al sistema contencioso.


Tema 13. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa

Naturaleza, extensión y límites.

Controla la legalidad de la actuación administrativa. Está sometida a la Constitución y a la ley.

El recurso contencioso-administrativo.

Se plantea contra actos y disposiciones generales de la Administración.

Las partes.

Intervienen el demandante, la Administración demandada y, en su caso, terceros interesados.

Actos impugnables.

Pueden impugnarse disposiciones de carácter general, actos expresos y presuntos, inactividad y vía de hecho.

Procedimiento en primera o única instancia.

Puede iniciarse directamente sin recurso previo. Se rige por los principios de igualdad, contradicción y defensa.


Tema 14. La potestad sancionadora

Concepto y significado.

Es la capacidad de la Administración para imponer sanciones por infracciones administrativas.

Principios del ejercicio.

Legalidad, tipicidad, responsabilidad, proporcionalidad, prescripción y no concurrencia de sanciones penales y administrativas.

Especialidades del procedimiento.

Debe garantizarse la audiencia al interesado y la posibilidad de recurrir.


Tema 15. La expropiación forzosa

Concepto y elementos.

Es la privación coactiva de la propiedad por causa de utilidad pública o interés social.

Procedimiento general.

Incluye declaración de necesidad, justiprecio y pago previo.

Garantías jurisdiccionales.

El expropiado puede recurrir la valoración y acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Reversión y urgencia.

La reversión se da si no se ejecuta la causa expropiatoria. El procedimiento urgente permite la ocupación inmediata.


Tema 16. Los bienes de las entidades locales

Clases de bienes.

Dominios público y patrimoniales. Los primeros se destinan a uso público; los segundos a actividad económica.

Prerrogativas y potestades.

Incluyen inventario, desafectación, y defensa posesoria. Las entidades locales tienen amplia autonomía.

Bienes comunales y montes vecinales.

Se gestionan por vecinos para su aprovechamiento común. Los montes tienen régimen jurídico especial.


(continúa en el siguiente mensaje…)

Continuación de la maquetación:


Tema 17. La potestad normativa de las entidades locales

Reglamentos y Ordenanzas.

Normas con rango inferior a la ley que regulan materias de competencia local.

Procedimiento de elaboración.

Requiere aprobación inicial, información pública y aprobación definitiva.

Reglamento orgánico.

Norma interna que regula el funcionamiento de los órganos municipales.

Los Bandos.

Son disposiciones del Alcalde en materias de interés general, con eficacia inmediata.


Tema 18. El Municipio: Concepto y elementos

Término municipal.

Territorio sobre el que ejerce competencias. Puede modificarse por ley.

Población municipal.

Conjunto de residentes empadronados. Base para distribución de servicios y recursos.

El Padrón y estatuto de los vecinos.

Documento oficial de población. Otorga derechos y deberes.

Derechos de los extranjeros.

Gozan de derechos en condiciones de igualdad, salvo restricciones legales.


Tema 19. La organización municipal

Municipios de régimen común.

Se rigen por el sistema general de la Ley de Bases de Régimen Local.

Órganos necesarios.

Incluyen Alcalde, Tenientes de Alcalde, Pleno y Junta de Gobierno Local.

Órganos complementarios.

Comisiones informativas, consejos sectoriales u otros creados para funciones específicas.


Tema 20. Las competencias municipales

Sistema de determinación.

Las competencias pueden ser propias, delegadas o distintas de las anteriores.

Servicios mínimos obligatorios.

Dependen del número de habitantes. Incluyen agua, alumbrado y recogida de residuos.

Reserva de servicios.

La ley puede reservar a las entidades locales determinadas funciones exclusivas.


Tema 21. Régimen de sesiones y acuerdos

Sesiones y acuerdos.

Pueden ser ordinarias, extraordinarias o extraordinarias urgentes. Se adoptan por mayoría.

Actas y certificaciones.

Documentan los acuerdos. Son públicas y obligatorias para su validez jurídica.

Notificación y publicación.

Los acuerdos deben notificarse a los interesados y publicarse si procede.

Registro de documentos.

Organiza y custodia los escritos presentados y emitidos por el Ayuntamiento.


Tema 22. La provincia como entidad local

Organización y competencias.

Tiene órganos como Presidente, Pleno y Junta de Gobierno. Coordina servicios municipales.

Cooperación municipal.

Presta asistencia técnica y económica a municipios con menor capacidad.

Relaciones con Comunidades Autónomas.

Coexisten competencias y pueden firmar convenios de colaboración.

Regímenes especiales.

Islas con Consejos o Cabildos. También existen comarcas, mancomunidades y áreas metropolitanas.


(continúa en el siguiente mensaje…)

Continuación final de la maquetación:


Tema 23. Los contratos del sector público

Principios generales.

Libertad de acceso, publicidad, transparencia y eficiencia. El procedimiento debe garantizar igualdad y competencia.

Órgano de contratación.

Es la autoridad administrativa con competencia para celebrar contratos en nombre del ente.

El empresario.

Debe reunir capacidad de obrar y solvencia. Existen prohibiciones para contratar con la Administración.


Tema 24. Clases de contratos del sector público

Contratos menores.

Simplificados y de importe reducido. Requieren informe de necesidad y no superación de los umbrales establecidos.

Adjudicación y formalización.

Los procedimientos incluyen abierto, restringido, negociado y diálogo competitivo. La formalización se documenta por escrito.

Ejecución, modificación y extinción.

La ejecución debe ajustarse a lo pactado. Puede modificarse por causas justificadas y finalizar por cumplimiento o resolución.

Garantías e invalidez.

Existen garantías para asegurar el cumplimiento. Los contratos pueden ser anulados si infringen normas esenciales.


Tema 25. El sistema electoral local

Inelegibilidad e incompatibilidades.

La ley establece quiénes no pueden ser candidatos o ejercer cargos simultáneamente.

Elección de concejales y alcaldes.

Se realiza por sufragio universal. El alcalde es elegido por el Pleno o directamente.

Moción de censura y cuestión de confianza.

Mecanismos para controlar al gobierno local. Requieren mayoría absoluta y condiciones específicas.

Recurso contencioso-electoral.

Procedimiento para impugnar elecciones locales ante la jurisdicción contenciosa.

Estatuto de los cargos públicos locales.

Regula derechos, deberes, retribuciones y régimen de dedicación de los representantes.


Tema 26. El personal al servicio de las Entidades Locales

Concepto y clases.

Incluye funcionarios de carrera, interinos, laborales y eventuales.

Incompatibilidades.

No pueden ejercer actividades privadas que interfieran con su función pública.

Régimen disciplinario.

Establece faltas, sanciones y procedimientos. Asegura la responsabilidad del personal.

Normativa estatal y autonómica.

Se aplica la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y normas específicas de la Comunidad Autónoma.


Tema 27. Instrumentos de organización del personal

Plantillas y relaciones de puestos de trabajo.

La plantilla fija el número de efectivos. La RPT describe cada puesto y sus características.

Oferta de empleo y planes de empleo.

La oferta se publica anualmente con las plazas disponibles. Los planes de empleo permiten reorganizar recursos humanos.

Sistemas de racionalización.

Incluyen redistribución, reordenación de efectivos y planes de carrera profesional.

Tema 28. El acceso al empleo público local

Principios reguladores.

Se rige por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Garantizan una selección objetiva y transparente.

Requisitos.

Incluyen nacionalidad, edad mínima, capacidad funcional y habilitación legal. Deben cumplirse en el momento de la convocatoria.

Sistemas selectivos.

Oposición, concurso y concurso-oposición. La elección depende del cuerpo y naturaleza del puesto.

Provisión de puestos.

Incluye libre designación, concurso, comisión de servicios y adscripción provisional. Se busca eficiencia y adecuación al perfil.

Situaciones administrativas.

Servicio activo, servicios especiales, excedencia y suspensión. Cada una implica distintos derechos y deberes.


Tema 29. La legislación laboral

El contrato de trabajo.

Acuerdo entre trabajador y empresario. Puede ser indefinido, temporal, formativo o de relevo.

Modificación, suspensión y extinción.

El contrato puede modificarse por causas objetivas. La suspensión no extingue la relación. La extinción puede ser por despido o mutuo acuerdo.

Derechos y deberes.

El trabajador tiene derecho al salario, seguridad y descanso. Debe cumplir con diligencia sus funciones. El empresario debe respetar derechos laborales.


Tema 30. Ley de Prevención de Riesgos Laborales

Objeto y ámbito.

Establece medidas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos los sectores.

Derechos y obligaciones.

El trabajador puede paralizar su actividad en caso de riesgo. Debe usar equipos de protección. La empresa debe evaluar riesgos y formar al personal.

Servicios de Prevención y Comité de Seguridad y Salud.

Los Servicios de Prevención asesoran en la gestión preventiva. El Comité es órgano paritario de participación.


Tema 31. Políticas de Igualdad de género

Ley Orgánica 3/2007: objeto y ámbito.

Busca la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Se aplica en el ámbito público y privado.

Normativa de desarrollo.

Incluye leyes estatales y autonómicas. Refuerzan la integración de la perspectiva de género.

Principio de igualdad y tutela.

Prohíbe toda discriminación por razón de sexo. Establece medidas correctoras.

Principios de políticas públicas.

Las Administraciones deben aplicar el principio de igualdad en todas sus actuaciones.

Planes de Igualdad.

Instrumentos obligatorios en organizaciones con más de 50 personas trabajadoras. Diagnostican y corrigen desigualdades.


Tema 32. Violencia de género

Ley Orgánica 1/2004.

Aborda la violencia de género desde un enfoque integral: prevención, protección y asistencia.

Normativa de desarrollo.

Incluye protocolos de actuación, planes estratégicos y legislación autonómica específica.


Tema 33. Protección de datos de carácter personal

Normativas europea y española.

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 regulan el tratamiento de datos personales.

La Agencia de Protección de Datos.

Es el organismo encargado de velar por el cumplimiento de la normativa. Atiende reclamaciones y puede sancionar.


Tema 34. Presupuesto General de las Entidades Locales

Estructura presupuestaria.

Incluye estados de ingresos y gastos clasificados por programas, económicos y orgánicos.

Elaboración y aprobación.

La elaboración corresponde al alcalde. El Pleno lo aprueba. Las Bases de ejecución regulan su gestión.

Prórroga y ejecución.

Si no se aprueba el nuevo presupuesto, se prorroga el anterior. La ejecución exige control y fiscalización.

Liquidación.

Refleja el resultado presupuestario y el remanente de tesorería. Es fundamental para la estabilidad financiera.


(Sigue en el siguiente mensaje…)

Continuación y final de la maquetación:


Tema 35. Modificaciones presupuestarias

Tramitación.

Requieren acuerdo del Pleno o del órgano competente. Deben justificarse y respetar el equilibrio presupuestario.

Créditos extraordinarios y suplementos.

Financian gastos no previstos o insuficientemente dotados. Necesitan financiación específica.

Transferencias de crédito.

Permiten mover créditos entre partidas. No pueden reducir servicios esenciales.

Remanentes de crédito.

Pueden incorporarse al ejercicio siguiente si cumplen condiciones legales.

Estados y cuentas anuales.

Recogen la ejecución presupuestaria. Son aprobadas por el Pleno y enviadas al Tribunal de Cuentas.


Tema 36. Recursos de las Haciendas Locales

Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

Regula el sistema financiero municipal. Establece los ingresos y su régimen jurídico.

Imposición y ordenación de tributos.

Los Ayuntamientos aprueban ordenanzas fiscales que fijan los elementos esenciales de cada tributo.

Recursos no tributarios.

Incluyen precios públicos, sanciones y ventas patrimoniales.

Ingresos de derecho privado.

Proceden de actividades mercantiles o patrimoniales.

Subvenciones y otros ingresos públicos.

Son ayudas económicas de otras administraciones o entidades.


Tema 37. Gestión y liquidación de recursos

Gestión y liquidación.

Incluye la inspección, recaudación y revisión de los recursos municipales.

Revisión en vía administrativa.

Permite impugnar actos mediante recursos ordinarios y extraordinarios.

Devolución de ingresos indebidos.

Procede cuando se demuestra el cobro improcedente por parte de la Administración.


Tema 38. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales

Tasas.

Se exigen por utilización privativa o prestación de servicios. Deben ser proporcionales al coste.

Precios públicos.

Son contraprestaciones voluntarias por servicios o actividades. No tienen carácter tributario.

Contribuciones especiales.

Se cobran por mejoras que benefician directamente a los contribuyentes. Financian obras y servicios concretos.


Tema 39. Los impuestos locales

Impuestos obligatorios.

Incluyen el IBI, el IAE y el IVTM. Son gestionados por el Ayuntamiento y generan ingresos estables.

Impuestos potestativos.

Pueden aplicarse según decisión del municipio. Ejemplo: el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.


Tema 40. La responsabilidad de la Administración

Caracteres.

Es objetiva. Se reconoce por funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

Presupuestos de la responsabilidad.

Daño efectivo, evaluable y antijurídico. Existencia de relación causal.

Daños resarcibles.

Incluyen personales, materiales y morales. Deben acreditarse adecuadamente.

Acción y procedimiento.

El afectado debe solicitar indemnización. Se inicia expediente administrativo con plazos y pruebas.

Responsabilidad patrimonial del personal.

Se exige cuando el daño se debe a dolo, culpa o negligencia grave de la autoridad o empleado público.

🎯 Ventajas del temario de Administrativo Ayuntamiento de Lucena

  • ✅ Elaborado por especialistas en oposiciones.
  • ✅ Disponible en formato PDF con descarga inmediata.
  • ✅ Adaptado al sistema actual de evaluación: temas desarrollados, colección de test, casos prácticos y ejercicios.

¿Por qué elegir Administrativo Ayuntamiento de Lucena?

El contenido de Administrativo Ayuntamiento de Lucena te ayudará a preparar tu plaza con contenidos claros, bien organizados y listos para afrontar con éxito las pruebas del proceso selectivo.

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